Otros trámites que se realizan en la DGT

Trámites en las Oficinas de Tráfico


desguace de coches

En lo que respecta a trámites de baja en la Dirección General de Tráfico (DGT), existen tres variaciones: trámite de baja definitiva, baja temporal y baja definitiva por exportación. De las anteriores, debe saber que para tramitar la baja definitiva de su vehículo, no es necesario que acuda a la Jefatura de Tráfico, ya que de este trámite se encarga Desguaces Pamplona, a través de un Centro Autorizado de Tratamiento (C.A.T.).

Trámite de baja definitiva en la DGT


El trámite de baja definitiva en la Dirección General de Tráfico (DGT) solamente puede ser realizada una vez que el vehículo se encuentre en el interior de un Centro Autorizado de Tratamiento (C.A.T.), de acuerdo a la Ley de Tratamiento de Vehículos Fuera de Uso. De esta manera, se asegura la correcta descontaminación de vehículos que han alcanzado el final de su vida útil de acuerdo a la normativa medioambiental vigente, evitando que sean abandonados en la vía pública.

Es por lo expuesto anteriormente que la tramitación de la baja definitiva en la DGT es realizada a través de una empresa especializada en este tipo de gestión o directamente con un desguace autorizado.

Una vez el vehículo se encuentra en posesión de un C.A.T., se le hace entrega al titular el Certificado de Destrucción y se tramita la baja definitiva en Tráfico, recibiendo por correo postal o e-mail el certificado que acredita la baja definitiva del vehículo en la DGT.

Por esta razón no es necesario que el titular del vehículo acuda a la DGT para tramitar la baja definitiva.

Baja temporal en DGT


Para tramitar la baja temporal de un vehículo, debe acudir a las oficinas de la DGT con la solicitud en el impreso oficial y cancelar un importe salvo en caso de sustracción del vehículo. Deberá presentar, además, la siguiente documentación:

> Identificación del interesado:


> Documentación del vehículo: permiso de circulación y tarjeta de ITV

Además, debe saber que la existencia de un precinto es un impedimento para tramitar la baja, es preciso cancelarlo previamente.

En caso de tratarse de un vehículo agrícola, deberá aportar un documento acreditativo de la baja en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola de la Comunidad Autónoma.

Deberá aportar la denuncia de la sustracción del vehículo, en el caso de haber sido robado.

Alta del vehículo en situación de baja temporal


Si lo que necesita es dar de alta un vehículo en situación de baja temporal, deberá presentar en la DGT la solicitud, tasa e identificación del interesado indicando que el vehículo se encuentra en baja temporal.

Junto con ello, deberá aportar:


Debe saber que si el titular no presenta el trámite, será necesario presentar una autorización firmada por éste, en la que se haga constar la gratuidad.

Baja de otros vehículos en la DGT (ciclomotores, motocicletas, vehículos pesados, vehículos especiales, etc.)


Para dar de baja otro tipo de vehículos en Tráfico, como ciclomotores, motocicletas, vehículos pesados, vehículos especiales, etc., podrá presentar la solicitud de baja en el C.A.T. o en la DGT, presentando la documentación relacionada.

En ambos casos la baja no devengará tasa siempre que se aporte el certificado de tratamiento medioambiental o el vehículo tenga una antigüedad de 15 o más años desde su matriculación en España, en caso contrario se abonará una tasa a determinar según el caso.

En el caso de ser un vehículo agrícola, se deberá aportar el documento acreditativo de baja en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola de la Comunidad Autónoma.

Bajas definitivas por traslado del vehículo a otro país


Para hacer este trámite puede gestionarse en cualquier Jefatura Provincial de Tráfico (DGT).

Para llevarla a cabo, debe presentar la siguiente documentación:

- Solicitud en el impreso oficial
- Tasa a pagar, excepto vehículos de más de 15 años de antigüedad desde su matriculación en España.
- Identificación del interesado:


- Documentación del vehículo: Tarjeta de ITV y permiso de circulación.

Debe saber que la existencia de un precinto es un impedimento para tramitar la baja, por lo que es necesario cancelarlo previamente.

Además, antes de solicitar la baja del vehículo deberá cancelar cualquier limitación de disposición que tuviera inscrita en el Registro de Bienes Muebles, salvo consentimiento expreso de la Financiera.

En el caso de vehículos agrícolas, deberá aportar el documento acreditativo de la baja en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola de la Comunidad Autónoma.

Si se trata de una baja por traslado a un país que no pertenece a la Unión Europea, deberá aportar un documento que acredite que se está preparando la exportación legal del vehículo.

Es importante tener en cuenta, además, que si no está presente el titular al momento de tramitar la baja, será necesario llevar una autorización firmada por éste, en la que se haga constar la gratuidad.

Otros trámites que puede realizar en la DGT:


Matriculación de vehículos: En la Jefatura de Tráfico puede realizar el trámite de matriculación de vehículos de tipo ordinaria, así como también de vehículos históricos, solicitar una nueva matrícula o una matrícula turística.

Cambio de titularidad (compra/venta): Si se ha vendido o comprado un vehículo ya matriculado, debe efectuar el cambio de titularidad en el Registro de la Dirección General de Tráfico.

Cambio de domicilio: Si se cambia de domicilio, puede realizar el trámite en su Ayuntamiento o en la Jefatura Provincial de Tráfico.

Duplicados

Altas y rehabilitación

Permisos temporales

Informe de vehículos